Deuteronomio 15:1
AL cabo de siete años harás remisión.
En otras versiones
Al final de cada siete años debe haber un perdón general de la deuda.
BES
Al fin de cada siete años harás una remisión.
PDDPT
Debes cancelar las deudas al final de cada siete años.
VBL
En contexto
1AL cabo de siete años harás remisión.
2Y esta es la manera de la remisión: perdonará á su deudor todo aquél que hizo empréstito de su mano, con que obligó á su prójimo: no lo demandará más á su prójimo, ó á su hermano; porque la remisión de Jehová es pregonada.
3Del extranjero demandarás el reintegro: mas lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano;
