Génesis 48:6
Y los que después de ellos has engendrado, serán tuyos; por el nombre de sus hermanos serán llamados en sus heredades.
En otras versiones
Y cualquier otra descendencia que tengas después de ellos, será tuya, y se nombrará por sus hermanos en su herencia.
BES
Pero los descendientes que engendres después de ellos, serán tuyos. En sus heredades serán llamados por el nombre de sus hermanos.
PDDPT
Cualquier otro hijo que tengas después de ellos será tuyo, y compartirás su herencia dentro de la tierra de sus hermanos mayores.
VBL
En contexto
4Y díjome: He aquí, yo te haré crecer, y te multiplicaré, y te pondré por estirpe de pueblos: y daré esta tierra á tu simiente después de ti por heredad perpetua.
5Y ahora tus dos hijos Ephraim y Manasés, que te nacieron en la tierra de Egipto, antes que viniese á ti á la tierra de Egipto, míos son; como Rubén y Simeón, serán míos:
6Y los que después de ellos has engendrado, serán tuyos; por el nombre de sus hermanos serán llamados en sus heredades.
7Porque cuando yo venía de Padan-aram, se me murió Rachêl en la tierra de Canaán, en el camino, como media legua de tierra viniendo á Ephrata; y sepultéla allí en el camino de Ephrata, que es Bethlehem.
8Y vió Israel los hijos de José, y dijo: ¿Quiénes son éstos?
