Biblia

Números 35:12

Y os serán aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté á juicio delante de la congregación.
Números 35:12 · Reina Valera 1909
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En otras versiones

  • En estas ciudades pueden estar a salvo del vengador, de quien tiene el derecho de castigo; para que la muerte no alcance al que toma la vida hasta que haya sido juzgado por la reunión de la gente.

    BES

  • Tales ciudades les servirán de refugio frente al vengador, y así el homicida no morirá antes de presentarse a juicio ante la asamblea.

    PDDPT

  • Estas ciudades serán para ustedes santuario de los que buscan venganza, para que el asesino no muera hasta que sea juzgado en un tribunal.

    VBL

En contexto

10Habla á los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán á la tierra de Canaán,

11Os señalaréis ciudades, ciudades de acogimiento tendréis, donde huya el homicida que hiriere á alguno de muerte por yerro.

12Y os serán aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté á juicio delante de la congregación.

13De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de acogimiento.

14Tres ciudades daréis de esta parte del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán; las cuales serán ciudades de acogimiento.

Referencias cruzadas

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