Biblia

Números 35:28

Pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el gran sacerdote: y después que muriere el gran sacerdote, el homicida volverá á la tierra de su posesión.
Números 35:28 · Reina Valera 1909
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En otras versiones

  • Porque le habían ordenado que se mantuviera dentro de la ciudad segura hasta la muerte del sumo sacerdote: pero después de la muerte del sumo sacerdote, el que toma la vida puede volver al lugar de su herencia.

    BES

  • porque el homicida debió vivir en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Solo después de la muerte del sumo sacerdote, el homicida podrá regresar a la tierra de su posesión.

    PDDPT

  • porque el asesino tiene que permanecer en su ciudad santuario hasta la muerte del sumo sacerdote. Sólo después de la muerte del sumo sacerdote se les permite volver a la tierra que poseen.

    VBL

En contexto

26Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, á la cual se acogió,

27Y el pariente del muerto le hallare fuera del término de la ciudad de su acogida, y el pariente del muerto al homicida matare, no se le culpará por ello:

28Pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el gran sacerdote: y después que muriere el gran sacerdote, el homicida volverá á la tierra de su posesión.

29Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.

30Cualquiera que hiriere á alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no hará fe contra alguna persona para que muera.

Referencias cruzadas

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