Números 8:24
Esto cuanto á los Levitas: de veinte y cinco años arriba entrarán á hacer su oficio en el servicio del tabernáculo del testimonio:En otras versiones
Esta es la regla para los levitas: los de veinticinco años y más deben entrar y hacer el trabajo de la tienda de reunión;
BES
Esto es lo relacionado con los levitas: Desde la edad de 25 años para arriba, entrarán para servir en el Tabernáculo de Reunión,
PDDPT
“Esta regla se aplica a los levitas. Los mayores de veinticinco años servirán en el Tabernáculo de Reunión.
VBL
En contexto
22Y así vinieron después los Levitas para servir en su ministerio en el tabernáculo del testimonio, delante de Aarón y delante de sus hijos: de la manera que mandó Jehová á Moisés acerca de los Levitas, así hicieron con ellos.
23Y habló Jehová á Moisés, diciendo:
24Esto cuanto á los Levitas: de veinte y cinco años arriba entrarán á hacer su oficio en el servicio del tabernáculo del testimonio:
25Mas desde los cincuenta años volverán del oficio de su ministerio, y nunca más servirán:
26Pero servirán con sus hermanos en el tabernáculo del testimonio, para hacer la guarda, bien que no servirán en el ministerio. Así harás de los Levitas cuanto á sus oficios.
